Glamorama
Juan Yarur en una foto de archivo publicada por la revista Capital.

Juan Yarur pelea la marca «Y NOT» que registró hace años ante aparición de tienda de ropa online que también usa el «NOT» en su nombre

Autor: Cristián Farías R. / C. Zúñiga / 6 marzo, 2021

En febrero pasado el abogado José Manuel Urenda Ossa ingresó ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial una demanda a nombre de Juan Yarur en la cual se opone al registro de la marca «NOT FASHION», la cual identifica a un sitio web de venta de ropa que ya está en funcionamiento.

En el escrito se aducen las similitudes con las marcas «Y NOT» y «THE Y NOT LIFE», registradas hace años por Yarur.

The Y Not Life primero fue un blog y luego una cuenta en Instagram con contenidos del mundo de la moda, estilo de vida y celebridades.

En febrero pasado (mes en que se interpuso el ya mencionado requerimiento) esa cuenta de Instagram con más de diez mil seguidores cambió de nombre a Adriático (@loveadriatico) y en la bio se lee la descripción: «Una tienda online donde encontrarán sólo cosas lindas pensadas en ustedes que los va a sorprender todos los días».

En la solicitud de oposición a «NOT FASHION» se explica que esta marca se pide para el comercio online, entre varios otros, lo mismo para lo cual están registradas las marcas del coleccionista de arte, figura social y de la moda.

Además, se destaca el patrimonio que tiene Juan Yarur, y por ende su marca Y NOT, en el aspecto de la moda y lo fashion. Desde la primera portada de la figura social ha sido relacionada con ropa, estilo y tendencias.

En el escrito presentado se concluye:

«El choque de coberturas mencionado es evidente e innegable, sin que sea posible una coexistencia pacífica de las marcas en conflicto. En este sentido es evidente que la presencia de marcas prácticamente idénticas, para coberturas en extremo similares o iguales, generará en los consumidores, toda suerte de errores y confusiones, y diluirá el carácter distintivo de la marca de mi representado.

«En consecuencia, el signo NOT FASHION solicitado no posee una individualidad propia y distintiva que permita su adecuada distinción, en infracción a las letras f) y h) del artículo 20 de la Ley N° 19.039».

La marca cuestionada actualmente es una página web de venta de ropa, con ítems básicos para mujeres, hombres y guaguas.

Este sábado Juan Yarur fue contactado por este sitio a través de WhatsApp y respondió que cualquier consulta sobre este tema la responderá su abogado.

En materia de la marca «NOT» existe un antecedente reciente. The Not Company Spa (dueños de Not Mayo y otros similares) reclamó la revocación del dominio NotEnergy.cl

Según publicó el Diario Financierio, «el fallo declaró que NOT no era más que un sufijo y que podía ser legítimamente utilizado por terceros sin adjudicarle derecho marcario.

La sentencia estableció que “sería un abuso de derecho pretender que le otorga exclusividad respecto de toda combinación que incluya con el prenombrado sufijo”.