CHV insiste que Nacho Gutiérrez no puede ser “dueño de casa” del matinal por ser «homosexual»
Chilevisión presentó en tribunales su respuesta a la demanda por discriminación sexual, invocando la Ley Zamudio, que entabló en contra del canal Ignacio Gutiérrez. Y entre algunos de los puntos que se repiten está que el canal trata al animador como “un homosexual reconocido”.
Otro punto que se recalca en le defensa es que el periodista no podría haber jugado el rol de “dueño de casa” del matinal debido a que “su sexualidad es conocida por el público”.
Sin embargo, Gutiérrez nunca se refirió públicamente a su orientación sexual. En todos sus años de carrera ni siquiera efectuó alguna insinuación. Lo hizo por primera vez en el texto de su demanda.
El periodista demandó a Chilevisión basándose en lo ocurrido en una reunión efectuada en marzo con los realizadores del matinal y el asesor externo de CHV, Holger Roost-Macías. En parte de su relato en la acción judicial, Gutiérrez sostiene:
“En la reunión tomó la palabra el Sr. Roost- Macías, quien presentó a una persona que yo no conocía, el actor Fernando Gómez-Rovira, como quien ayudaría realizando un ‘coaching’ para llevar a cabo ciertos cambios que, a su juicio y de la administración, el programa requería, los cuales estaban respaldados por ‘estudios’, en los cuales se había llegado a la conclusión de que el ‘Dueño de casa’, es decir, que el conductor del matinal, la labor que yo desempeño’… debía ser heterosexual (en ese momento Patricia Vargas, sentada a mi derecha, comienza a hacerme cariño en mi brazo derecho), pues ‘…se necesita que tenga tensión sexual con la conductora …’, para luego agregar, mirándome, ‘…por razones obvias tú no puedes serlo, porque eres homosexual’.
“El Sr. Roost-Macías, insistió en lo antes indicado, agregando que mi rol en el matinal cambiaba, y para la función de dueño de casa heterosexual se incorporaría al matinal al Sr Rafael Araneda, quien contaba con contrato con Chilevisión, y que se necesitaba ponerlo al aire”.
En su respuesta legal, Chilevisión no sólo debate la demanda de Nacho Gutiérrez, sino que, además, pide que sea multado:
“La presente demanda constituye un uso abusivo de la Ley Zamudio, para fines diversos de aquellos para la que fue promulgada, por lo que el demandante deberá ser sancionado por entablar una denuncia precaria en fundamentos.
“La verdadera y única razón por la cual el demandante el señor Gutiérrez se ha molestado, reaccionando de una manera emocionalmente incomprensible es su negativa injustificada a compartir pantalla con el señor Rafael Araneda” –MIRE AQUÍ EL RELATO DE CANAL SOBRE LA SUPUESTA NEGATIVA DE GUTIERREZ A TRABAJAR CON ARANEDA-.
La línea de argumentación de CHV parte con un gran espacio dedicado explicar y ejemplificar como el canal ha trabajado por “evitar discriminación de género, sexo, inclinación sexual”. Sostiene que “no deben tomarse decisiones relacionadas con el trabajo sobre la base de la raza, el color, la nacionalidad, la religión, el sexo, la edad, la orientación sexual…”
Sin embargo, reconoce que en la citada reunión, el asesor externo Roost-Macías tomó en cuenta, para plantear nuevos roles en el matinal, la homosexualidad de Gutiérrez -la cual, en realidad, el conductor nunca había mencionado públicamente-.
El texto dice:
«La propuesta que el asesor externo de Chilevisión planteaba al equipo de La Mañana era básicamente la siguiente.
“Incorporar –con la finalidad de potenciar el matinal- un conductor adicional. Concretamente, integrar en el programa al señor Rafael Araneda. Su inclusión se justificaba por la buena evaluación del público de su rol como animador del Festival de la Canción de Viña del Mar, tanto en el certamen del año 2016 como en años anteriores.
“Buscar los mecanismos para generar un mayor dinamismo en la manera en que se debían relacionar los conductores –incluyendo al nuevo integrante señor Araneda- ya que el estudio de focus group había concluido que la relación entre los conductores (Carolina de Moras e Ignacio Gutiérrez) estaba aún en proceso de construcción: ‘No se perciben totalmente cómplices y alienados en cámara’, dice el estudio.
“Ejecutar sesiones de coaching con el señor Fernando Gómez-Rovira con la finalidad de desarrollar ciertas técnicas y habilidades que permitieran a los conductores presentarse más espontáneos y relajados en pantalla, y de esta forma hacer un matinal más cercano a los telespectadores.
“La idea subyacente era que cada conductor (de Moras, Gutiérrez y Araneda) tuvieran un rol específico en el nuevo formato del matinal, contando con un espacio desde el cual expresarse libremente…
“Ahora bien, mientras se planteaban las ideas descritas, se dio un breve intercambio de opiniones. Dicho intercambio causó un momento de tensión entre el señor Roost-Macías y el demandante señor Gutiérrez. Al principio, según relatan los asistentes a la reunión, las cosas iban bien. El señor Roost-Macías señaló que el programa podía operar como un ‘sitcom’, en que cada conductor podía tener un rol desde el cual aportar.
“Agregó que podía haber una dueña de casa, rol que podía cumplir Carolina de Moras, y un dueño de casa, el que ‘por razones obvias Nacho (refiriéndose al demandante) no podía ser’.
“El señor Gutiérrez respondió con tranquilidad: ‘Obvio que no’. Entonces, el señor Roost-Macías menciona por primera vez que el señor Rafael Araneda se incorporaría al programa, y que podía ser él quien ejecutara ese rol”.
Los papeles de Chilevisión afirman que estos hechos “no cumplen los requisitos establecidos por la Ley Zamudio para configurar una ‘discrimación arbitraria’». Sostienen que “se entiende por discriminación arbitraria toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable”.
Además, el canal se pone en el caso de que sí se hubiese realizado una “distinción, exclusión o restricción” a Gutiérrez al asignarle un nuevo rol en La Mañana tomando en cuenta su orientación sexual. Y asegura que esta hubiese sido justificada. Esto dicen los papales:
“Según el relato del demandante –que es el que estamos analizando, con prescindencia de su veracidad- en la reunión de fecha 1 de marzo de 2016, el señor Holger Roost-Macías, le habría comunicado al equipo principal del matinal que el formato del mismo se modificaría, integrándose al programa el señor Rafael Araneda.
“El demandante afirma que, en el nuevo esquema, el programa representaría a una ‘familia convencional’, en la que la figura del padre debería tener una cierta ‘tensión sexual’ con la animadora, cuestión que lo excluía de ese rol, ya que él es homosexual.
“Si este relato fuera cierto, ¿sería esta una justificación razonable en el contexto planteado para excluir al demandante de un rol televisivo? La respuesta es afirmativa.
“En efecto, en televisión, como es sabido, buena parte del éxito de un programa depende de la credibilidad que el público le asigne a lo que observa en pantalla. Desde esta perspectiva, no resulta en absoluto creíble que un animador –cuya homosexualidad es conocida por el público- se desempeñe en el rol de pareja de la conductora.
“Si quien ejecuta un rol no pasa –o hay buenas razones para pensar que no pasará- el test de credibilidad en pantalla, entonces lo ‘razonable’ es asignarle un papel diferente en el que esa credibilidad se dé.
“Así como no es creíble asignarle a una persona obesa el rol de náufrago de varios meses en una isla abandonada, tampoco es creíble asignarle el rol de mando heterosexual a una persona de homosexualidad conocida.
“Desde luego, el gordo del ejemplo puede bajar de peso para acceder al rol (así lo han hecho algunos artistas de cine) o el homosexual puede buscar la manera de proyectar una actitud heterosexual (algunos artistas de cine lo han logrado también). Pero lo normal, lo que fluye y es creíble, es que la persona con sobrepeso actúe en un rol acorde y que, a su turno, la persona homosexual se presente en cámara tal y como es. Es lo que se llama ‘autenticidad’.
“En este contexto, está más que razonablemente justificado proponer un rol diferente para el demandante, sin obligarlo a asumir un rol que no habría sido creíble para la audiencia del matinal…
“En suma, aún en el evento hipotético en que se hubiere hecho alguna distinción respecto del demandante, en los términos en que éste lo expone en su demanda, esta distinción estaría justificada y esa justificación sería razonable, porque se basa en un test de credibilidad indispensable para todo programa de televisión que busca ser visto por una audiencia masiva”.