Glamorama
Una imagen tomada de la pantalla de Mucho Gusto, Mega, del momento en que Viñuela le corta el pelo al camarógrafo, en julio de 2020.

Solicitan embargar bienes de Viñuela en demanda por corte de pelo a camarógrafo «para tener garantía que, si se dicta una sentencia en su contra, pueda cumplirla…»

Autor: C. F. R. / 5 agosto, 2021

La defensa del camarógrafo de Mega que demandó a José Miguel Viñuela tras haberle cortado el pelo en vivo, sin su consentimiento, durante la emisión de Mucho Gusto en julio de 2020, solicitó a tribunales el embargo de los bienes del animador.

Esta medida está destinada a que ahora que el conductor perdió su trabajo en Mega, exista la garantía de que, en caso de que se dicte una sentencia económica a favor del camarógrafo, existan los medios para que sea pagada.

Así lo explicó Roberto Avila, abogado de José Miranda, camarógrafo demandante.

La acción contra el conductor de 46 años se realizó hace un año y busca, según Avila, “que se restablezca el derecho a la dignidad de las personas, cualquiera sea su condición social, económica o profesional…

«Buscamos que el tribunal declare que se cometió un acto abusivo y prepotente que atentó gravemente contra la dignidad de un camarógrafo, a partir de una persona que es rostro y se encuentra en una situación de superioridad».

El abogado detalló en qué está el caso en un contacto telefónico con el programa Me Late, en TV+.

El profesional afirmó que el «tribunal llamó a una audiencia de conciliación para que las partes exploren la posibilidad de llegar a un acuerdo. Ahí no se llegó a ningún acuerdo porque la parte demanda dijo que no querían llegar a ningún acuerdo.

«Esto se contradice con su planteamiento de pedir disculpas pública y su acto de contricción señalando que está arrepentido. Pero en el tribunal van a decir otra cosa. En el tribunal van a decir que son inocentes. No hemos llegado ningún acuerdo dado la actitud de la defensa».

En tanto, explicó la solicitud de embargo de la siguiente manera:

«Hemos solicitado la prohibición de celebrar actos y contratos de los bienes que están en el domicilio del demandado. Esto es una medida que habitualmente se plantea en los juicios y se requieren dos grandes requisitos.

«El primero es que exista suficiente fundamento de la acción que se está llevando adelante. Vale decir, que se entienda que hay justificación suficiente, suficientes argumentos.

«En este caso ese requisito se cumple porque hay un dictamen de la Dirección del Trabajo, que constató el hecho por el cual nosotros denunciamos. Hay una sentencia del Consejo Nacional de Televisión y hay un dictamen de la Corte de Apelaciones ratificando el fallo del Consejo Nacional de Televisión que le aplicó al canal 25 millones de multa ante la mayor cantidad de denuncias que han existido, que fueron más de tres mil.

«Y el segundo requisito es que el demandado nos de garantía suficientes que, si se dicta una sentencia, en su contra pudiera cumplirla. En este caso lo que produce eso es que el señor Viñuela, de acuerdo a la informaciones allegada a nuestra defensa, recibiría una remuneración de 40 millones de pesos mensuales, y como ese contrato ha terminado, evidentemente eso va a producir una merma en su patrimonio.

«Entonces nosotros queremos tener la certeza de que si hay una condena, como todo lo indica, esperamos que esté el patrimonio suficiente para pagar eso. Por eso hemos solicitado.

«El monto de la demanda es por cien millones de pesos, habitualmente los tribunales dan un monto menor del total de la demanda.

«Nosotros no estamos en la obligación de acreditar de que el señor Viñuela gana 40 millones de pesos. Es una información que hemos recibido. El lo puede acreditar con su liquidación de sueldo».