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Gissella Gallardo y Sergio Rojas en imágenes de archivo tomadas de las pantallas de Canal 13 y TV+, respectivamente

Gissella Gallardo, ex esposa de Mauricio Pinilla, se querelló por injurias y calumnias graves contra el periodista Sergio Rojas: tribunal declaró admisible la querella

Autor: Equipo Glamorama / 29 noviembre, 2022

«La tarde de furia de Gissella Gallardo», se tituló el segmento emitido por el desaparecido programa Me Late Prime, en donde el periodista Sergio Rojas emitió dichos sobre la ex esposa de Mauricio Pinilla. Por ello la también periodista presentó una querella por injurias y calumnias graves contra el profesional.

La querella fue admitida por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago y ambas partes tienen una audiencia el próximo 14 de diciembre con el objeto de ver la opción de un acuerdo antes de llegar a juicio.

En el documento -al cual tuvo acceso este sitio- se detallan los hechos que provocaron la querella. En parte se afirma:

«Con fecha 27 de septiembre de 2022 se emitió como de costumbre un nuevo capítulo del programa de televisión Me Late Prime en el canal TV+, programa conducido por el señor Daniel Fuenzalida y donde el querellado Sergio Rojas mantiene un rol de panelista.

«El capítulo en su última sección fue descrito como ‘La tarde de furia de Gissella Gallardo’, de duración de 12:29 minutos, donde el querellado a cargo de la noticia afirmó tajantemente y de forma expresa lo siguiente:

‘En horas de la tarde ingresa al condominio Gissella Gallardo en un auto de alta gama color negro, se posiciona delante del auto de Mauricio Pinilla, luego se va, aparentemente recula en su accionar y vuelve.

‘Se baja del vehículo y llave en mano comienza a rayar todo el vehículo de Mauricio Pinilla por el costado, y eso no queda ahí. En el capó del vehículo le escribe ‘pluto’ (sácale la L)…  Luego ella se aproxima a un neumático y aparentemente intenta pincharlo. Al no lograrlo comienza a desinflarlo…’

«En efecto, los dichos del querellado emitidos públicamente en el programa antes reseñado, se deduce claramente que le imputa a mi representada delitos falsos, es decir, se le atribuye subjetivamente una conducta desvalorada penalmente.

«Para efectos de esta querella importa la imputación que el querellado hace a la señorita Gissella Gallardo. Se le atribuye autoría en un delito de daños al vehículo de su ex esposo y de provocarle lesiones. Lo anterior, es total y absolutamente falso, tanto en su materialidad como en la atribución de responsabilidad respecto del calumniado y ello será demostrado en el juicio oral que se lleve.

«La imputación falsa de una participación en hechos constitutivos de delito es justamente una de las hipótesis punibles a título de calumnia».

La acción judicial también argumenta:

«(Gissella Gallardo) Se encuentra viviendo una tortuosa realidad en su entorno familiar y vida privada, al ser víctima de un constante ataque por parte del querellado (Sergio Rojas), quien desde hace un tiempo se ha referido a ella exponiéndola pública y reiteradamente, recalcando únicamente aspectos negativos de su vida, como su falta de dignidad e integridad como mujer y madre.

«Además de proferir graves acusaciones consistente en la imputación de supuestos delitos en contra del señor Mauricio Pinilla, acusaciones que carecen de toda verdad y que solo tiene como finalidad menospreciar y desacreditar la imagen de mi representada en su calidad de mujer ante la sociedad.

«Así es como comienza una realidad degradante y deshonrosa para mi representada, donde su honorabilidad y vida privada se ha visto gravemente afectada al verse constantemente expuesta en los medios de comunicación, sean televisivos o escriturados.

«El querellado Sergio Rojas se ha ensañado y encargado de reproducir sus falsas acusaciones y declaraciones en todos los medios de comunicación posibles, a fin de destacar los aspectos negativos de mi representada en su rol de esposa, madre y mujer.

«Atribuyéndole con ello una patología y prácticas que no son propias de ella, tales como que ser ‘una celópata’, ‘una bruja por practicar la magia negra’, ‘una loca desquiciada’, ‘mujer despechada que tuvo su día de furia rayando el auto de Pinilla’, entre muchas otras sentencias».

La parte querellante solicita las siguientes penas:

«Reiteración de ambos delitos tanto calumnias como injurias que han sido reproducidas en todos los medios de comunicación oral y escritos en distintas fechas, por lo que solicitamos la imposición de las penas aumentadas en un grado.

«Es decir, respecto al delito de calumnias previsto y sancionado en el artículo 413 n°2 del código penal en calidad de reiterado, la pena de reclusión menor en su grado medio (pena de tres años) y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales.

«Y respecto del delito de injurias previsto y sancionado en el articulo 416 y siguientes del cogido penal, la pena de reclusión menor en su grado de medio a máximo (pena de tres años… O la pena de cinco años) y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales».